La Ley de Propiedad Horizontal es muy clara con respecto a la asistencia de los inquilinos a las reuniones de la comunidad
Llamamos junta de vecinos a las reuniones organizadas por la comunidad de residentes de un vecindario o de un conjunto residencial. La misión principal de estas juntas de vecinos es precisamente fomentar la participación en la toma de decisiones y promover la colaboración para poder mejorar de forma común todo lo relacionado con la comunidad. Pero, ¿Puedo acudir a una junta de vecinos si estoy de alquiler? ¿Qué es lo que dice la normativa con respecto a esta pregunta?
Los inquilinos, por norma general, desean acudir a las juntas de vecinos generales para poder estar al tanto de las novedades y, especialmente, de las restricciones de uso de los elementos comunes ya que, aunque estén de alquiler, también deben acatar las normas de la comunidad de vecinos.
En este tipo de reuniones se discuten algunos temas importantes como, por ejemplo, las normas que se imponen en las áreas comunes, algunos horarios importantes o restricciones para ciertas actividades como, por ejemplo, organizar fiestas a partir de determinada hora. De ahí que sea importante estar al tanto incluso siendo inquilino.
¿Debo asistir a la junta de vecinos si estoy de alquiler?
Es cierto que, aunque existen inquilinos que lo consideran muy útil, otros prefieren no asistir y esperar a ver qué les dice su casero. Y es por eso por lo que es importante saber si las personas que tienen un alquiler están obligados a asistir a estas juntas de vecinos.
La respuesta al respecto es muy clara y es que no, los inquilinos que estén de alquiler no tienen la obligación de acudir a este tipo de reuniones. Así que si es tu caso y prefieres no acudir a estas reuniones, no te preocupes, estás en tu derecho de saltártelas.
Ninguna comunidad de vecinos podrá obligarte a asistir a las juntas de vecinos si estás viviendo de alquiler. La cosa cambiará si eres la persona que alquila la vivienda ya que, en este caso, será tu responsabilidad estar al tanto de las novedades y comunicarlas a los inquilinos.
Vivo de alquiler y quiero asistir a las juntas de vecinos, ¿Pueden negármelo?
La respuesta principal es negativa. Solo el propietario de la vivienda tiene el derecho de asistir a las reuniones de la comunidad para expresar las necesidades y requerimientos de los residentes.
En el caso de los inquilinos que viven en alquiler, su capacidad de comunicación con la junta está sujeta a que el propietario actúe como intermediario entre ellos y la comunidad. No obstante, existe una vía por la cual un inquilino puede participar en estas reuniones sin inconvenientes: a través de la representación otorgada por el propietario que le arrienda la vivienda, respaldada por un documento firmado por el propietario, de acuerdo con el Artículo 15 de la Ley de Propiedad Horizontal. Solamente en ese contexto, un inquilino que vive en alquiler podrá ejercer su voz en una junta de vecinos.
Es importante tener en cuenta que el propietario puede revocar en cualquier momento el derecho de participación del inquilino según su criterio. Por lo tanto, el documento de representación, firmado por el arrendador, solo será válido para el arrendatario hasta que el propietario decida lo contrario.
Así que si en tu caso sí que quieres asistir a estas reuniones de vecinos y, además, tener voto, tendrás que hablarlo con tu casero y firmar un documento en el que te autorice a asistir a las juntas de vecinos y participar con tu voto. Es importante que en el documento esté expresada la fecha de comienzo y, en su caso, de finalización, de esta forma el documento sería cien por cien válido.
Fuente: www.okdiario.com