Esteve, inquilino del primer propietario multado por el precio del alquiler: “Si nos organizamos, conseguiremos que se respeten nuestros derechos”

Esteve y otros dos compañeros alquilaron un piso en Barcelona el pasado diciembre por el que pagaban 1.200 euros al mes hasta que descubrieron, con la ayuda del Sindicat de Llogateres (Sindicato de Inquilinos), que el precio era 250 euros superior a lo que marca la ley catalana de contención de rentas. Ahora, el Ayuntamiento de Barcelona ha puesto a la propiedad la primera multa por superar el precio que marca la regulación. 

<p>Un piso de alquiler de Barcelona.</p>

La ley catalana que regula el precio del alquiler entró en vigor en septiembre de 2020 y se aplica en las áreas de mercado de vivienda tenso, donde cuenta con dos mecanismos de contención de rentas: el índice de referencia y, en el caso de que la vivienda haya sido alquilada en los últimos cinco años, el precio del contrato anterior. PUBLICIDAD

“El más bajo actúa como tope, por lo tanto, los precios que estaban por debajo del índice quedan congelados y los que estaban por encima tienen que bajar”, señala Enric Aragonès, portavoz del Sindicat de Llogateres. 

Sobre su situación, Esteve cuenta que pidieron al Institut Català del Sòl (Incasòl) la información de cuándo había sido alquilado su piso y a qué precio “y resulta que había un contrato anterior y reciente de 950 euros“. En este caso, tal y como marca la ley, el precio del alquiler del nuevo contrato no podía superar los 950 euros, pero a ellos les estaban cobrando 1.200. 

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Por otra parte, tras acudir al registro de la propiedad, también “descubrimos que el propietario de la vivienda era una empresa y no un particular como nos habían hecho creer, así que el contrato debía ser de siete años y no de cinco y, además, nos tenían que devolver los 1.600 euros que pagamos a la inmobiliaria como honorarios, ya que, al ser el dueño una persona jurídica, los tenía que asumir la propiedad”, tal y como marca la Ley de Arrendamientos Urbanos.PUBLICIDAD

“Nos dijo que la ley era abusiva”

“Cuando nos enteramos de todo, nos pusimos en contacto tanto con el propietario como con la inmobiliaria y obtuvimos dos respuestas diferentes: la inmobiliaria nos dijo que estábamos equivocados y que la ley no decía eso, y el propietario nos comentó que la ley le parecía abusiva, que no estaba de acuerdo con ella y que no rectificaría el precio”, cuenta. 

Esteve y sus compañeros de piso intentaron “durante mucho tiempo” negociar tanto una rectificación del precio como la devolución de las cantidades pagadas de más en los meses anteriores, que suman más de 2.000 euros, además de los honorarios. Pero, al no obtener respuesta, finalmente interpusieron la denuncia en la administración. 

Durante el proceso, consiguieron la devolución de los honorarios, pero el propietario no ha querido sentarse a negociar el precio del alquiler. “Hace tiempo que ha desaparecido y que no nos contesta”, afirma.

Cuenta además que una de las primeras respuestas que recibieron de la propiedad al comentarles la situación “fue decirnos que, si queríamos, podíamos irnos del piso” y añade que, “desde el minuto cero, en casa tuvimos muchas cosas que reparar: puertas que no cerraban, un cristal roto, el lavabo se inundaba, salieron humedades… pedimos a la propiedad que lo arreglase y llegaron a decirnos que si nos habíamos creído que esto era un hotel, por lo que el trato siempre ha sido de menosprecio”. 

Multa de 9.000 a 90.000 euros

Tras interponer la denuncia, el Ayuntamiento de Barcelona resolvió a favor de Esteve y sus compañeros el pasado julio, y multó a la propiedad por haber cobrado un alquiler superior al que marca la ley. Según señalan desde el Sindicat de Llogateres, pese a que no conocen la cuantía de la sanción, ésta debería oscilar entre los 9.000 y los 90.000 euros “al tratarse de una infracción grave”

Tras esta resolución, “mandamos un burofax a la propiedad reclamando las cantidades pagadas de más con los intereses correspondientes y la firma de un nuevo contrato que se ajustase a la ley. En el mismo escrito, informamos de que, si seguía ignorando nuestras peticiones, a partir de ese mes comenzaríamos a pagar el precio que marca la ley y emprenderíamos todas las medidas legales necesarias para que nos devolviera hasta el último céntimo”, relata Eteve.

“Si nos organizamos, podremos conseguir que se respeten nuestros derechos”

Y así fue. El joven explica que “a día de hoy, pagamos el precio que corresponde por ley y está abierto el proceso judicial para que nos devuelvan el dinero“. Además, señala que la cláusula del contrato que indica que la duración es de cinco años “entendemos que es nula, por lo tanto es de siete”. 

Y es que, pese a todo, tanto Esteve como sus dos compañeros de piso quieren quedarse en él: “Siendo jóvenes, hemos tenido que buscar piso tantas veces, y nos encontrábamos que siempre nos engañaban, que nos cobraban fianzas y honorarios abusivos. Esta vez, fuimos hasta el final y estamos orgullosos de haberlo hecho”. Tras su caso, lanza un mensaje al resto de inquilinos: “Hay que informarse, organizarse y movilizarse. Si nos organizamos, podremos conseguir que se respeten nuestros derechos“.

Pocas multas

Desde el Sindicat de Llogateres, impulsores de la norma, señalan que “es preocupante que el Ayuntamiento de Barcelona haya tardado más de un año en poner la primera multa por un precio superior al que marca la ley, pero aún lo es más que la Generalitat no haya puesto ni una“. Detallan también que, aunque sí se han iniciado expedientes sancionadores a arrendadores y a portales inmobiliarios por no informar en sus anuncios sobre del precio del índice y de las características de la vivienda, “la cifra es insuficiente”.

El portavoz del sindicato, Enric Aragonès, lamenta que la administración catalana “no está siendo proactiva a la hora de hacer cumplir esta ley pese a que fue aprobada por mayoría absoluta en el Parlament con los votos de los dos partidos del Govern (ERC y Junts), además de En Comú Podem y la CUP”.

“La información sobre los propios derechos es básica para su garantía”

En este sentido, remarca que la Generalitat “debería hacer una campaña masiva para que no haya ni un solo inquilino que no conozca que existe esta regulación, cómo funciona y cómo puede saber si se está incumpliendo o no para poder denunciar”, y critica que éste sea un trabajo que, hasta ahora, ha venido haciendo el sindicato. 

“Estamos convencidos de que hay muchos otros casos en los que que los arrendadores han incumplido la regulación, pero si los inquilinos no la conocen bien o no saben cómo pueden comprobar estas informaciones, difícilmente podrán denunciarlo y se podrán aplicar sanciones. La información sobre los propios derechos es básica para su garantía“, apunta.

El Gobierno recurrió la ley catalana

El Gobierno central decidió, el pasado junio, recurrir la ley catalana de regulación del precio del alquiler por “vulnerar las competencias estatales”. Así, el Consejo de Ministros aprobó presentar este recurso al Tribunal Constitucional, aunque no pidió su suspensión mientras resuelve. Por otra parte, el Ejecutivo aprobó el martes el inicio de la tramitación de la ley de vivienda estatal que prevé regular los alquileres, aunque no del mismo modo que la normativa catalana.

“Estamos a la espera de lo que diga el Tribunal, pero nosotros defendemos la plena constitucionalidad de esta ley porque Cataluña tiene derecho civil propio”, señala Aragonès. Sobre la propuesta de ley estatal, critica que “el Gobierno decidió recurrir la ley catalana diciendo que regularían los alquileres en todo el Estado, así que no entiendo cómo han presentado esta absoluta chapuza llena de agujeros que no hace ninguna referencia a que Cataluña tiene una regulación desde hace más de un año, cuando sería una oportunidad para reconocer las competencias y que no quede en manos del Constitucional”.

La ley estatal de vivienda es “absolutamente vacía y sin efectos”

El 27 de octubre de 2020, PSOE y Unidas Podemos anunciaron un acuerdo para diseñar una ley de vivienda que regulase los alquileres. Y este martes 26, prácticamente un año después, el Gobierno aprobará el inicio de la tramitación de una norma que ambos partidos han tardado en negociar mucho más que el plazo de cuatro meses que se dieron, y que incluirá un mecanismo de regulación de los alquileres cuya aplicación dependerá de las comunidades.

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Respecto a esta ley estatal de vivienda y a sus diferencias con la regulación catalana de los alquileres, Aragonès detalla que “la propuesta del Gobierno, de entrada, no obliga a las bajadas de precio en todos los casos en los que se supera el índice, como en Cataluña, sino que lo hace sólo en los pisos que sean propiedad de empresas que tengan más de 10 viviendas. Así, quedan fuera todos los casos en los que el arrendador es una persona física, que en Cataluña ronda el 70%”.

Por otra parte, explica que “los criterios para que un área sea declarada con mercado de vivienda tenso son mucho más estrictos que los que contempla la ley catalana, por lo que es mucho más difícil que se declare y se pueda aplicar la regulación”. Además, apunta, la ley estatal “también deja un tiempo de 18 meses desde que se apruebe hasta que se empiece a aplicar, y además no hay un plazo para crear el índice de precios necesario para poder aplicar esta regulación, por lo que podría quedar muerta indefinidamente”. 

Por último, esta ley “no contempla un régimen sancionador, así que entendemos que una ley que no se aplica en todos los casos, que deja el calendario abierto de cuándo se comenzará a aplicar y que no contempla sanciones para quien la incumpla es una ley absolutamente vacía y sin efectos”. 

En cuanto a la ley catalana, Aragonès asegura que la intención es seguir ampliándola y, por ejemplo, regular que los honorarios corran siempre a cargo del propietario: “Con la ley actual, los arrendadores sólo están obligados a asumirlos si son persona jurídica, lo que no tiene ningún sentido porque la inmobiliaria hace el servicio al propietario, no al inquilino”.

¿Regular los alquileres reduce la oferta?

La Asociación de Propietarios de Vivienda en Alquiler (Asval) denunció hace unos días que el anteproyecto de Ley por el Derecho a la Vivienda aprobado el martes por el Consejo de Ministros reducirá la oferta de viviendas disponibles en el mercado del alquiler, unas advertencias que también lanzaron numerosas asociaciones de esta índole ante la aprobación de la ley catalana. ¿Pero qué ha ocurrido en Cataluña?

“Tenemos datos de tres trimestres desde la aprobación de la ley que señalan que el precio ha bajado el doble en los municipios regulados que en los no regulados. Además, el número de contratos se ha mantenido y, de hecho, han bajado en los municipios en los que no se han regulado los precios, por lo tanto esta normativa no tiene un efecto sobre el número de contratos firmados”, asegura Aragonés.

Fuente: www.20minutos.es

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